¿QUÉ ES LA DEFENSORÍA?


La Defensoría de los Derechos Universitarios es el órgano encargado de recibir las quejas u observaciones individuales o colectivas de los miembros de la comunidad universitaria, cuando consideren afectados los derechos que les otorga la Legislación Universitaria.

Año de creación.

El 2 de abril de 2009 se crea la Defensoría de los Derechos Universitarios por acuerdo del H. Consejo Universitario de la Universidad Autonoma de Sinaloa para la defensa, preservación y respeto al marco jurídico universitario.

LA ACTUACIÓN DE LA DEFENSORÍA


La Defensoría actuará con estricto apego a los principios de gratuidad, concentración, imparcialidad, agilidad y transparencia. Y procederá con absoluta discreción y prudencia, a fin de salvaguardar la integridad moral de las partes.

El personal que dependa de la defensoría, está obligado a guardar confidencialidad respecto de los asuntos a su cargo, excepto aquellos que por su naturaleza deban ser públicos.

El defensor de los derechos universitarios dependerá del H. Consejo Universitario y del Rector como presidente del mismo y no recibirá instrucciones de otras autoridades personales ni de los titulares de las dependencias administrativas, con relación a las propuestas de resolución que formule. Art. 28.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES


La Defensoría de los Derechos Universitarios, además de las previstas en el artículo 85 de la Ley Orgánica, tiene las funciones y atribuciones siguientes:

    I. Comparecer ante el H. Consejo Universitario cuando este lo requiera.

    II. Recibir quejas u observaciones relacionadas con presuntas violaciones a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria.

    III. Conocer e investigar actos u omisiones que pudieren resultar en afectación a los derechos de algún miembro de la comunidad universitaria y actuar de oficio, en los casos en que se considere necesario.

    IV. Solicitar los informes que considere necesarios a las autoridades universitarias personales y a los titulares de las dependencias administrativas respecto de los cuales se reclame alguna violación.

    V. Admitir o rechazar las observaciones o quejas de acuerdo con las funciones y atribuciones que tiene conferidas y, en su caso, orientar al interesado sobre la vía procedente.

    VI. Formular alternativas de conciliación y propuestas de resolución.

    VII. Presentar, en los tres primeros meses del año que corresponda, ante el H. Consejo Universitario el informe anual sobre las actividades realizadas el año anterior.

    VIII. Orientar a los miembros de la comunidad universitaria sobre sus funciones de protección y vigilancia.

    IX. Organizar y dirigir los trabajos de la Defensoría.

LA DEFENSORÍA NO TIENE COMPETENCIA EN:


  • Nombramientos de autoridades universitarias.
  • Ingreso, promoción o permanencia del personal académico.
  • Situaciones de carácter laboral de docentes o administrativos.
  • Las violaciones que pueden reclamarse por otra vía establecida en la legislación universitaria.
  • Hostigamiento y acoso sexual.

SOMOS UN PROCESO CERTIFICADO DESDE 2011


La ISO 9001 es la norma internacional elaborada por la Organización Internacional para la Estandarización (ISO) que se aplica a los Sistemas de Gestión de Calidad de organizaciones públicas y privadas, independientemente de su tamaño o actividad empresarial. Se trata de un método de trabajo excelente para la mejora de la calidad de los productos y servicios, así como de la satisfacción del cliente.

El 23 de septiembre de 2015, se publicó la nueva versión ISO 900. La revisión de la norma surgió por la necesidad de adaptar la norma a los tiempos actuales en los que se ven envueltas las organizaciones.

Nosotros como Defensoría tenemos certificado el proceso de Atención y Seguimiento a Quejas para Garantizar los Derechos de la Comunidad Universitaria.